Cristina Lizardo propone dividir a Santo Domingo en tres distritos judiciales
La autora argumenta que en esa provincia se han incrementados los conflictos de carácter social y económicos debido a su crecimiento poblacional.
Además, plantea que el desarrollo de la provincia exige mayores servicios, tanto de la sociedad civil como del Estado, por lo que se hacen necesaria las instalaciones de nuevas instancias judiciales que permitan ventilar los conflictos para preservar el derecho de la sana convivencia.
Dijo que por eso es necesario la división de la Provincia en tres distritos judiciales, para crear nuevas instancias que permitan el conocimiento de las violaciones a las disposiciones legales que se produzcan y las decisiones en forma ágil.
Lizardo propone que en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Este, habrá una Cámara Civil y Comercial, de trabajo, una penal y un juzgado de instrucción, compuestas por hasta dieciséis (16) jueces cada una.
Esos jueces, agrega, serán apoderados en la forma establecida en esa ley, y conocerán, de manera unipersonal, de los expedientes que sean sometidos a su conocimiento y decisión.
Este distrito judicial quedará integrado por el municipio Santo Domingo Este, el distrito municipal San Luis y sus secciones y parajes; el municipio Boca Chica y el distrito municipal La Caleta, con sus secciones y parajes; el municipio San Antonio de Guerra y el distrito municipal Hato Viejo con sus secciones y parajes.
Esas mismas atribuciones y jueces tendrá Santo Domingo Norte, pero estará integrado por el municipio cabecera, junto al distrito municipal La Victoria, con sus secciones y parajes.
La mismo, aplicará para Santo Domingo Oeste, integrado por el municipio de Los Alcarrizos y los distritos municipales Palmarejo-Villa Linda y Pantoja con sus secciones y parajes; y por el municipio Pedro Brand con sus distritos municipales La Guáyiga y La Cuaba con sus secciones y parajes.
Los fondos para la ejecución de esta ley provendrán de los recursos económicos asignados a la Suprema Corte de Justicia en el Presupuesto General del Estado.
El Consejo del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio Público quedan encargados de tomar las medidas correspondientes en lo relativo a la instalación y funcionamiento de los distritos judiciales establecidos en esta ley.
Tiene disposiciones transitorias, como la que establece que los casos que al momento de la entrada en vigencia de esta ley estén siendo conocidos por el Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo, continuaran su curso en la cámara que están siendo conocidos.
Otro dice que los tribunales de los Distritos Judiciales creados en esta ley comenzarán a funcionar a partir del 7 de enero del año dos mil diecisiete (2017).